jueves, 20 de octubre de 2011

EL DIVORCIO


divorciar

(De divorcio).

1. tr. Dicho de un juez competente: Disolver o separar, por sentencia, el matrimonio, con cese efectivo de la convivencia conyugal.

2. tr. Separar, apartar personas que vivían en estrecha relación, o cosas que estaban o debían estar juntas. U. t. c. prnl.

3. prnl. Dicho de una persona: Obtener el divorcio legal de su cónyuge.



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La Custodia de los niños tras la separación. María Jesús Alava Reyes






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