martes, 30 de diciembre de 2008

ENCADENAMIENTO DE CONTRATOS

Preguntas frecuentes sobre el tema:ENCADENAMIENTO DE CONTRATOS.

Pregunta:

Tengo un contrato de 20 meses, que finaliza el 20-9-06; es fácil que la misma empresa me vuelva a contratar con otro contrato de obra o servicio. ¿ Cuál es mi situación laboral cuando concluya este segundo contrato de obra o servicio?.

Respuesta:

Como el primer contrato estaba vigente el 15 de junio de 2006, fecha de entrada en vigor de la nueva normativa, y tiene una duración de 20 meses, si con el segundo contrato se supera el período de 24 meses establecido en la norma y dentro de un período de 30 meses, anteriores a la fecha de superación de ese tiempo de contratación, de acuerdo con el R.D.Ley 5/2006, se estaría en una situación de adquisición de la condición de fijo desde el momento en que se supera el plazo de 24 meses, aunque los contratos no hayan sido inmediatamente seguido el uno del otro. Hay que tener en cuenta que para la aplicación de esta medida los contratos temporales se tienen que celebrar para el mismo puesto de trabajo (art. 12. dos del R.D. Ley 5/2006).

FUENTE INEM:
inem
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